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Prestación por incapacidad temporaria en la Ley de Riesgos del Trabajo
Base de cálculo y conflictos
Por Gonzalo V. Montoro Gil
“A veces la aplicación de una u otra norma o de un cuerpo normativo u otro no tiene mayor incidencia práctica, pero hay situaciones, como las que creemos acá, donde la aplicación de una u otra norma –derivadas de distintos cuerpos normativos– tiene particular importancia en lo económico de la persona afectada por la lesión. Nos referimos, por un lado, a los artículos 7, y 13 ap.1 (Incapacidad Laboral Temporaria) de la LRT. (…) Y, por el otro, al artículo 6 del Decreto 1694/09 que los reglamenta.”
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Términos mencionados en esta doctrina: artículo, aplicación, incapacidad, temporaria, distintos, normativos.